RECUROS EN LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE MENDOZA, LEY 9003.

 

Recurso Descripción Plazo Efecto
Recurso de Reconsideración Permite solicitar a la misma autoridad que dictó el acto que lo revise y lo modifique o revoque. 10 días hábiles desde la notificación del acto La autoridad debe resolver en un plazo determinado; puede suspender los efectos del acto.
Recurso Jerárquico Se presenta ante el superior jerárquico de la autoridad que dictó el acto. Procede tras la denegación de reconsideración. 15 días hábiles desde la notificación Suspende los efectos del acto en los casos previstos por la ley.
Recurso de Alzada Se interpone ante una autoridad superior cuando una ley o reglamento específico lo establece. 15 días hábiles (según normativa sectorial) El efecto suspensivo depende de la normativa aplicable.
Reclamo Administrativo Permite reclamar contra hechos u omisiones administrativas que no constituyen actos formales. No sujeto a plazos perentorios Habilita la vía judicial si el reclamo es denegado.
Recurso de Nulidad Busca anular un acto administrativo por vicios graves (incompetencia, violación de derechos). Generalmente 10 días hábiles Puede anular el acto si se prueba la existencia de vicios graves.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Uspallata: Entre la Esperanza de un Parque Nacional y la Sombra de la Minería

Recursos en el Código de Procedimiento Minero de Mendoza (Ley Nº 9529)

"Protegiendo los ecosistemas de alta montaña: reflexiones sobre el caso Morteritos"